BECAS Y AYUDAS ECONÓMICAS
Para facilitarte más opciones a la hora de conseguir tu beca, hemos establecido dos convocatorias para el curso 2023-2024 en las que podrás realizar tu solicitud de beca, ayuda o descuento.
1ª Convocatoria: del 4 de mayo al 30 de junio de 2023
2ª Convocatoria: del 10 al 25 de julio de 2023
No obstante, dado que algunas de nuestras ayudas tienen un plazo de solicitud especial*, es importante que leas detenidamente en su apartado correspondiente las fechas concretas para cada una. Para más información pincha aquí.
Recuerda que fuera de los plazos no será posible atender la solicitud.
Se abre convocatoria extraordinaria para solicitar la Beca de Expediente Académico Brillante dirigida a alumnos de nueva admisión. Plazo de recepción de solicitudes vía Portal del Candidato del 14 al 25 de julio de 2023.
BECAS PARA ALUMNOS CON EXPEDIENTE ACADÉMICO BRILLANTE
Con el objetivo de fomentar la excelencia académica y consolidar una trayectoria formativa brillante, la Universidad Francisco de Vitoria concede estas ayudas como distinción a aquellos alumnos que destaquen en su expediente de Bachillerato en el curso previo a su acceso a nuestra Universidad.
Información para alumnos de Nueva Admisión a partir del curso 2023-2024 para Grados y Dobles Grados (no incluye al Grado en Medicina).
- Plazo: del 20 de junio de 2023 al 5 de julio de 2023 / Nuevo plazo de recepción de solicitudes vía Portal del Candidato del 14 al 25 de julio de 2023.
- Canal: Portal del Candidato
- Documentación a aportar:
- Notas de Bachillerato finalizado en 2023
- Notas de EvAU superada en convocatoria ordinaria de 2023
- Declaración del IRPF 2022 de los miembros computables de la unidad familiar, en caso de necesidad económica.
Para obtener la beca se deberá cumplir con los dos siguientes requisitos:
- El Bachillerato deberá haberse finalizado en 2023 y la nota media entre 1º y 2º de Bachillerato deberá ser de al menos 8,50 puntos.
- La EvAU deberá haberse realizado y aprobado en convocatoria ordinaria del año 2023 y la nota de la Calificación de Acceso a la Universidad (CAU) deberá ser de al menos 8,5 puntos.
Esta beca no será concedida si en una de estas dos calificaciones se obtiene una nota inferior a 8,5 puntos.
La concesión de la beca será proporcional a la nota obtenida en CAU* y estará condicionada a la presentación de la documentación requerida en plazo y forma y al fondo económico a tal efecto destinado.
- Entre 8,50 y 8,99 en CAU – 40% de beca
- Entre 9,00 y 10 en CAU – 60% de beca
*CAU: Calificación resultante determinada por la media ponderada del bachillerato y la calificación de la fase general que aparece en la tarjeta de la EvAU (aprobada en convocatoria ordinaria 2023).
Los alumnos que accedieran por Homologación de Bachiller o por Credencial UE se regirán por los mismos criterios que el resto de los estudiantes y deberán aportar la documentación correspondiente a su sistema de acceso legal a la universidad:
- Acceso vía Credencial UE: Documento Credencial UNED.
- Acceso vía Homologación de Bachillerato: documento de Homologación o, en su caso, estudio técnico de nota media predictiva. (La consultora encargada de hacer este estudio es Homologation Student Services, pudiendo contactar través del email infomadrid@hostudents.com así como visitar la web hostudents.com para más información.
Esta documentación dará lugar, en su caso, a una resolución condicional de la beca. Una vez obtengan las calificaciones definitivas otorgadas por organismos oficiales (Ministerio de Educación, UNED, etc), serán aportadas al Servicio de Ayudas al Estudio. Si, entregada la calificación definitiva, la nota media no fuera la mínima requerida para su concesión, no podrá solicitarse (o se procederá a su denegación) en los cursos siguientes.
La decisión del Comité de Becas será comunicada a los alumnos a través de los canales establecidos por el Servicio de Ayudas al Estudio.
Los beneficiarios recibirán una carta de preconcesión con el porcentaje correspondiente. La concesión definitiva queda condicionada a la realización efectiva de la matrícula.
Si el alumno no formalizara su matrícula, el Servicio de Ayudas al Estudio podrá anular la preconcesión de la beca y distribuir, en su caso, a otros alumnos que hubieran resultado no beneficiarios anteriormente, siempre que estos cumplan con los requisitos académicos.
Requisitos de renovación
Para renovar estas becas en los cursos siguientes será imprescindible realizar la solicitud en tiempo y forma (atendiendo a los plazos publicado en web para alumnos ya matriculados en años anteriores), aprobar todas las asignaturas matriculadas en el curso anterior y obtener, al menos, las siguientes notas medias ponderadas (incluido título propio, en su caso):
Dobles Grados, Ingenierías, Arquitectura, Biotecnología, Biomedicina y Farmacia:
- Entre 7.5 y 8.49 – 40%
- Entre 8.5 y 10 – 60%
Resto de Grados (no incluye Medicina):
- Entre 8 y 8.99 – 40%
- Entre 9 y 10 – 60%
- Los alumnos en quienes persista necesidad económica durante los siguientes cursos, presentarán en la propia solicitud de renovación la documentación pertinente para su correspondiente valoración.
- En caso de no poder renovarla por suspensos o por no alcanzar la nota media requerida, se tiene la posibilidad de recuperarla en el inmediato curso siguiente si se cumplen los criterios establecidos y siempre que no sea el último curso del Grado (o doble Grado). Esta opción es factible por una única vez durante la duración del Grado.
- Estas becas podrán solicitarse en todos los cursos excepto en el último de cada titulación. Para los últimos cursos existe la posibilidad de solicitar un Crédito al Honor (en caso de necesidad económica) o algunos de los descuentos aplicables a último año.
- No podrá ser solicitada en cursos superiores si no se fue beneficiario en el primer año de carrera.
Información relativa a la renovación de expediente brillante para alumnos beneficiarios en cursos anteriores a 2023 – 2024
(Todos los grados excepto el Grado en Medicina, para este ver aquí)
- Plazo: del 4 de mayo al 30 de junio de 2023 (1ª convocatoria) o del 10 al 25 de julio de 2023 (2ª convocatoria).
- Canal: Portal Universitario.
- Documentación a aportar: No es necesario aportar documentación. El Servicio de Ayudas al Estudio verificará de oficio las notas de los solicitantes.
Los alumnos que en cursos anteriores a 2023-2024 hubieran sido beneficiarios de la Beca de Expediente Académico Brillante, podrán renovarla siempre que se solicite expresamente en tiempo y forma, se aprueben todas las asignaturas matriculadas en el curso anterior en convocatoria ordinaria o extraordinaria, y se mantengan los siguientes promedios según el tipo de Grado (nota media ponderada):
Grados tipo A: Arquitectura, Ingenierías, Biotecnología, Biomedicina, Farmacia y Dobles titulaciones:
- Entre 7.50 y 7.99: 40% de beca
- Entre 8.00 y 8.49: 60% de beca
- Entre 8.50 y 10: 80% de beca
Grados tipo B: Resto de Grados (a excepción de Medicina)
- Entre 8.00 y 8.49 – 40% de beca
- Entre 8.50 y 8.99 – 60% de beca
- Entre 9.00 y 10 – 80% de beca
Grado en Medicina: Nota media mínima de 8.00. El porcentaje de beca será el correspondiente al que obtuvieron en primer curso.
Todas las asignaturas, incluidas las de Título Propio, si fuera el caso, serán tenidas en cuenta para el cálculo de la nota media.
Las becas para alumnos con Expediente Académico Brillante podrán solicitarse en todos los cursos excepto en el último de cada carrera. Para este último curso existe la posibilidad de solicitar un “Crédito al Honor”, que cubrirá la necesidad de ayuda económica en su caso y que, a la vez, comporta la obligación de devolución por parte del alumno, en los términos que ambas partes establezcan.
En caso de no poder renovar esta beca por suspensos o por no alcanzar la nota media requerida, se tiene la posibilidad de recuperarla en el inmediato curso siguiente si se cumplen los criterios establecidos y siempre que no sea el último curso del Grado (o doble Grado). Esta opción es factible por una única vez durante la duración del Grado.
Esta beca no podrá ser solicitada si no se obtuvo en el primer año de carrera.
La no solicitud de renovación en los plazos previstos se entiende como renuncia a la misma.
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