BECAS Y AYUDAS DE ORGANISMOS PÚBLICOS
Y OTRAS ENTIDADES

La convocatoria 2024-2025 se encuentra finalizada.

Algunas de nuestras ayudas tienen plazos especiales, puedes consultarlos en esta web.

INFÓRMATE DE LAS BECAS PÚBLICAS Y/O DE OTROS ORGANISMOS:

Programa “Becas Santander /Ayuda Económica, convocatoria 2024-2025". Plazo de Solicitud del 30 de abril de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024 (ambos incluidos).

Resolución del Rector de la Universidad Francisco de Vitoria de Madrid, por la que se convocan Becas del Programa “Becas Santander /Ayuda Económica”, convocatoria 2024-2025 para estudiantes matriculados en enseñanzas oficiales de Grado y Postgrado en el curso académico 2024/2025.

La Universidad Francisco de Vitoria, de conformidad con los términos del convenio suscrito con el Banco Santander, convoca becas según lo establecido en los Términos y Condiciones Generales del Programa “Becas Santander /Ayuda Económica”, convocatoria 2024-2025.

El objetivo del Programa es facilitar el acceso a la educación superior durante el curso 2024-2025 a aquellos estudiantes con los mejores expedientes académicos a nivel nacional de cualquier curso de Grado y Postgrado.

Se convocan un total de 8 becas, distribuidas en 2 grupos:

Grupo 1. – Alumnado de nueva admisión: 3 de las 8 becas ofertadas.

Se consideran de nuevo ingreso a estudiantes que han accedido por primera vez a estudios universitarios de Grado en el curso 2024-2025.

Grupo 2. – Alumnado que continúa estudios universitarios: 5 de las 8 becas ofertadas.

Este grupo será el compuesto por estudiantes matriculados en curso distinto a primero de Grado y de Postgrado oficial en el curso 2024-2025.

Si en alguno de los grupos no se adjudicaran todas las becas, se acumularán en el otro grupo.

El importe de cada una de las becas será de mil (1.000) euros.

Podrán participar en la presente convocatoria el alumnado de la Universidad Francisco de Vitoria matriculado en el curso 2024-2025 en estudios de Grado y Postgrado oficial.

De cara a asignar las ayudas para la convocatoria 2024-2025, la Universidad priorizará la excelencia a través de los expedientes académicos de los estudiantes. A su vez, se podrán tener en cuenta los siguientes criterios:

  • Que el estudiante designado disponga de uno de los mejores expedientes académicos del curso inmediatamente anterior a la convocatoria del Programa. En el caso de alumnos de primer año de Grado se podrá tener en cuenta la nota de acceso a la universidad. Este requisito podrá ser ponderado por la Universidad según el área de conocimiento.
  • En caso necesario, se priorizará la asignación de las Becas a estudiantes que cumplan con todas o algunas de las siguientes situaciones:
  • Hayan sido beneficiarios de una beca del Ministerio de Educación en el año anterior.
  • Tengan acreditada una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Sean estudiantes con necesidades específicas de apoyo educativo, o necesidades educativas especiales debidamente acreditadas.
  • No hubieran resultado beneficiarios de ayuda, beca o descuento UFV en la convocatoria 2024-2025 de esta misma universidad.

Los candidatos que cumplan con el criterio de situación de discapacidad necesariamente deberán remitir a la Universidad el Apéndice A titulado “Cláusula de Protección de Datos asociada al Programa “Ayuda Económica”, Convocatoria 2024/2025. Dicho Apéndice se entregará o bien por el propio alumno de manera presencial en el Servicio de Ayudas al Estudio o bien en sobre cerrado remitido por correo postal certificado a dicho departamento. Será custodiado por la Universidad exclusivamente. Puede descargar el Apéndice A aquí.

  • Los alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que, por el hecho de cursar estudios en UFV se vean obligados a disponer de alojamiento en la Comunidad de Madrid a través de alquiler de vivienda, habitación, residencia estudiantil, colegio mayor, etc., deberán, además de cumplir con el resto de los criterios establecidos, presentar la oportuna justificación acreditativa de residencia fuera del domicilio habitual a efectos de valorar objetivamente su situación personal.
  • La Universidad, además de los criterios previstos en el presente documento, podrá tener en cuenta cualquier otro criterio que considere oportuno para la asignación de las ayudas, siempre y cuando no afecten a los criterios establecidos en la presente convocatoria.

Para resultar beneficiario de la beca será imprescindible no tener apercibimientos, amonestaciones o sanciones disciplinarias conforme a la normativa de la UFV, así como encontrarse al corriente de los pagos correspondientes, tanto del curso en vigor como anteriores.

En caso de que el beneficiario de la beca finalmente no realizara sus estudios de Grado o Máster en la Universidad Francisco de Vitoria, o cursara baja tras haber recibido el importe de la beca, este deberá devolver el dinero del Programa a la propia Universidad a través de la cuenta en la que se realizó el pago originario. La Universidad será la encargada de otorgar esta beca al siguiente beneficiario que cumpla con los requisitos necesarios para su obtención en idénticas condiciones.

En el supuesto de que la universidad tuviera que recabar datos de carácter personal especialmente sensibles de los candidatos, incluyendo cualquier certificado o documentación que estime la universidad como necesarios, lo hará de acuerdo con la normativa aplicable en materia de protección de datos de carácter personal vigente en cada momento.

En el presente caso, la universidad no facilitará al Banco Santander ningún dato de carácter personal de los candidatos ni documentación de ningún tipo.

Para solicitar las becas, los estudiantes deben inscribirse en la plataforma del Banco de Santander “Becas Santander Estudios/Ayuda Económica” a través de la página web.

El plazo de solicitud será desde el 30 de abril de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024 (ambos incluidos).

En la inscripción, los solicitantes deberán facilitar su cuenta de correo electrónico. Cualquier comunicación o información relacionada con esta convocatoria se enviará a esa cuenta. No se admitirá ninguna solicitud que no se haya realizado mediante inscripción en la plataforma del Banco de Santander.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de esta convocatoria y de su resolución, que será inapelable, y la renuncia a cualquier tipo de reclamación.

La Universidad Francisco de Vitoria se reserva el derecho de modificar o rectificar cualesquiera de los Términos y Condiciones de la convocatoria del Programa, parcial o totalmente en cualquier momento, pudiendo incluso suspender, posponer o cancelar la misma, atendiendo a una causa objetiva y debidamente justificada, y con la finalidad de preservar el impacto social que se persigue con la presente convocatoria, informando acerca de las modificaciones introducidas a los candidatos a través de la página web.

Se constituirá un Comité de Valoración presidido por la directora general de Relaciones Institucionales o persona en quien delegue, y del que formarán parte el director de Orientación e Información Universitaria y la coordinadora del Servicio de Ayudas al Estudio, que actuará como secretaria. El Comité de Valoración comprobará el cumplimiento de los requisitos y podrá requerir a los solicitantes para que subsanen posibles faltas o errores o aporten la información y/o documentación que estime necesaria para la adecuada valoración de las candidaturas.

La resolución con la adjudicación de las becas será comunicada personalmente a los estudiantes beneficiarios.

Será condición ineludible para ser beneficiario de esta beca estar inscrito en el Programa a través de la página web, preferiblemente con el correo electrónico universitario.

La asignación de las becas a los estudiantes se realizará por las Universidades hasta el 20 de diciembre de 2024 como máximo.

Los estudiantes beneficiarios deberán aceptar expresamente en los siguientes 7 días naturales desde la asignación a través de la Plataforma. En caso de que no conste la aceptación de la beca en el plazo establecido, se entenderá que se renuncia a la misma.

En caso de que algún beneficiario no curse la aceptación de la Beca a través de la Plataforma, las Universidades tendrán un plazo de 7 días naturales para reasignarlas a otros estudiantes que cumplan con los requisitos. Una vez reasignadas, los nuevos Beneficiarios tendrán un plazo de 7 días naturales para cursar su aceptación a través de la Plataforma.

El 11 de enero de 2025 se dará por cerrado el Programa y la Universidad comenzará a realizar los pagos de las becas a los beneficiarios del programa mediante su ingreso en la cuenta abierta a nombre del estudiante en el Banco Santander S.A.

La política de protección de datos aplicable a esta convocatoria se recoge en el documento de Declaración de Privacidad publicado en la Plataforma.

Una vez finalizada la asignación del Programa y de las correspondientes becas o ayudas económicas por parte de las Universidades participantes, éstas facilitarán al Santander, a través de la plataforma de Becas Santander, información detallada de las mismas, así como cualquier otra información relativa al Programa y a su ejecución que sea requerida por cualquiera de éstos para su debido seguimiento.

Las Universidades participantes se encargarán de realizar un seguimiento efectivo del Programa, de acuerdo con sus procedimientos habituales, y de elaborar un documento con la información de seguimiento que Santander, pueda requerir a la finalización de la convocatoria.

Para más información.

La presente convocatoria y sus bases, así como su desarrollo y ejecución, se someten a la legislación española.

El alumnado con discapacidad, en caso de que quiera que se valore esta situación, deberá rellenar y entregar en el Servicio de Ayudas al Estudio de la UFV el siguiente documento.

La entrega del mismo se realizará conforme a lo establecido en las bases.

Y si necesitas más información, no dudes en dirigir tu consulta a becas@ufv.es