El Seminario Permanente de Estudio Jurídico (SPEJ UFV) celebró el pasado miércoles 3 de abril una nueva sesión, en la que fue ponente el abogado y ex fiscal de la Audiencia Nacional D. Ignacio Gordillo. El tema de esta nueva conferencia-coloquio fue el juicio que se sigue en el Tribunal Supremo contra los líderes del “Procès” independentista en Cataluña, asunto de máxima actualidad y trascendencia jurídica y política. La temática del seminario y el prestigio del ponente atrajeron a numerosos estudiantes del grado en Derecho y de otras áreas de conocimiento así como a varios profesores de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Empresariales. Ignacio Gordillo dedicó su intervención a desgranar las claves jurídicas de este juicio, explicando los delitos de rebelión y sedición, el desarrollo que ha tenido el “Procès”, y también a poner en valor la necesidad de la defensa del Estado de Derecho y de nuestra Constitución.
El abogado y ex fiscal centró su intervención en la importancia de la defensa del Estado de Derecho. Dejó claro que la Constitución Española está plenamente en vigor y ha de ser respetada y cumplida, porque si se rompe el orden constitucional, está en peligro la democracia y la convivencia. También quiso ser meridianamente claro al respecto de que en el juicio al “Procès” no se enjuician ni se castigan ideas políticas, sino delitos contra la Constitución. Gordillo remarcó la gravedad de la desobediencia, la malversación, la sedición y la rebelión.
Ignacio Gordillo analizó los tipos delictivos de la rebelión y la sedición, y consideró que los hechos que se enjuician en el Tribunal Supremo cometidos por los líderes independentistas bien pueden subsumirse en el delito de rebelión. Gordillo explicó que este tipo penal supone un alzamiento, una desobediencia pública y manifiesta, unido a una insumisión a las autoridades legítimas, realizada de modo violento, entendiéndose violencia también como intimidación. Igualmente apuntó que la rebelión supone el ataque a algún poder principal del Estado, mientras que la sedición se dirige contra poderes secundarios. Este otro tipo penal no exige la violencia, aunque sí el uso de fuerza. Cree Gordillo que la Abogacía del Estado no estuvo acertada cambiando su calificación de los hechos de rebelión a sedición en fechas próximas al inicio del juicio, lo que provocó la renuncia del abogado del Estado Edmundo Bal.






